Defensa Jurídica y Reclamación por Negligencias Médicas
Es muy importante que nos aporte toda la información y documentación sobre su caso.
Le recomendamos que redacte una nota explicativa de los hechos acontecidos, señalando las fechas de lo ocurrido, los datos de identificación de los centros médicos y de los profesionales involucrados, así como los de las personas de su entorno que pueden corroborar estos hechos.
También es muy importante toda la documentación de su caso, tales como informes médicos, pruebas diagnósticas, prescripciones, etc.
Sin compromiso ni coste alguno, estudiaremos la viabilidad de la reclamación y le asesoraremos sobre sus posibilidades.
Vd. tiene derecho a obtener la historia clínica en todos los centros en donde ha sido atendido. Si no se la facilitan, nosotros nos encargaremos de solicitarla.
Tenemos acuerdos de colaboración con peritos médicos en todas las especialidades, que elaborarán un informe pericial en el que se detallarán los actos médicos realizados (o no realizados), razonarán los motivos por los que dichos actos médicos han sido realizados de forma incorrecta (o bien no han sido realizados y eran necesarios), y las consecuencias perjudiciales que los mismos han provocado en el paciente, detallando las lesiones, las secuelas y/o el fallecimiento del paciente.
Una vez tengamos toda la documentación, realizaremos un cálculo de la indemnización que le corresponde, y nos pondremos en contacto con los centros médicos, los profesionales y con la entidad aseguradora responsables e iniciaremos la correspondiente reclamación.
Si la propuesta de la aseguradora no es suficiente, reclamaremos judicialmente el importe de la indemnización por negligencia médica que le corresponde.
En el supuesto en que el ofrecimiento económico de la compañía aseguradora no satisfaga sus intereses, tras asesorarle al respecto, seguiremos adelante. En ese caso será el juzgado en el que recaiga el asunto quien, mediante sentencia y tras la celebración del juicio y con todas las pruebas que aportemos, decida el importe de la indemnización, y en su caso, el abono de los intereses de demora que establece la Ley del Contrato de Seguro, y que asciende al interés legal incrementado en un cincuenta por ciento los dos primeros años desde el siniestro, y a partir de entonces el veinte por ciento anual.
Una vez lograda la sentencia estimatoria, cobrará su indemnización. Nosotros solo liquidaremos los honorarios, una vez Vd. haya recibido la indemnización que le corresponde.
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Para realizar una Consulta, o concertar una Cita, rellene el siguiente Formulario y nos pondremos en contacto con Vd. lo antes posible:
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Paseo de la Castellana 121, esc. dcha., 4º B, 28046 MadridEduardo Ochoa Maldonado
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