Una Sentencia declara fortuitos los concursos de TECAVAN y TECAVAN ELECTRICIDAD
El pasado día 18 de marzo de 2015, el Juzgado de lo Mercantil número 4 dictó sentencia, en la sección de calificación del concurso de las entidades TECAVAN, S.L. Y TECAVAN ELECTRICIDAD, S.L., tramitado bajo el número de autos 741/2009, declarando fortuitos ambos concursos.
La Administración Concursal y el Ministerio Fiscal, solicitaron la declaración culpable de ambos concursos sobre la base de la existencia de las siguientes causas:
– Incumplimiento del deber de colaboración el Juez del Concurso y la Administración Concursal (artículo 165.2 LC).
– No formulación o al menos no presentación Registro Mercantil de la formulación de cuentas o depósitos de los tres últimos ejercicios a la declaración del concurso (artículo 165.3 LC).
– Llevanza incompleta e irregular de la contabilidad (artículo 164.2 LC).
La sociedad y sus tres administradores, se opusieron a dichas pretensiones, y han contado con la defensa letrada del despacho PÉREZ-ÁLVAREZ ABOGADOS.
Finalmente, el Juez de lo Mercantil ha considerado que no concurren ninguna de las causas invocadas por la Administración Concursal y el Ministerio Fiscal, y ha calificado el concurso como fortuito, absolviendo a los demandados de las pretensiones de la demanda.